NORMAS DE CONVIVENCIA (Extraídas del R.R.I.)
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Cap. I.) PRINCIPIOS
GENERALES (R.D.
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1.- El estudio constituye un deber básico de los
alumnos y alumnas que se concreta en:
ð
participar responsablemente en
las actividades orientadas al desarrollo de los planes de estudio.
ð
cumplir y respetar el horario
ð
respetar el derecho al estudio
de los compañeros y compañeras.
ð
seguir las orientaciones del
profesorado en su aprendizaje y mostrarle el debido respeto y consideración.
2.- Los alumnos y alumnas
colaboran en las actividades formativas del Centro y respetan la dignidad
personal, honor y fama de todos los que forman la comunidad educativa, así
como el Carácter propio del Centro.
3.- Los alumnos y alumnas deben respetar
y utilizar correctamente el edificio, sus instalaciones y material, así
como las pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa.
4.- Los alumnos y alumnas tienen el deber de
participar en la vida y funcionamiento del Centro.
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Cap. II.) NORMAS
ESPECÍFICAS |
1.-
El vocabulario y expresiones deberán ser
siempre correctos y se dedicará especial atención por parte de todos a este
aspecto.
2.-
Los laboratorios y talleres tienen
normas concretas, hechas públicas y visibles, sobre la conducta en ellos y el
uso del material e instalaciones de los mismos.
3.- Las entradas, salidas y
desplazamientos en el Centro se realizarán con educación, respetando la
actividad de los demás compañeros/as y con el máximo silencio.
4.- La puntualidad será
exigencia de todos los que forman la comunidad
educativa. Para favorecerla, la señal de entrada al Centro (por la mañana y
después de los recreos) se dará CINCO minutos antes de la hora. Las clases
comienzan a la hora en punto, cerrándose las puertas de acceso al colegio. El
alumno o alumna que no haya entrado podrá incorporarse a la clase siguiente. En
las etapas obligatorias el alumno o alumna permanecerá hasta ese momento en la
biblioteca o lugar que le indique el profesor/a, tutor/a o Jefe de Estudios.
5.- Durante los cambios de hora
los alumnos y alumnas permanecerán en su aula con las puertas abiertas y
con la debida compostura hasta la llegada del profesor/a siguiente. Si el
profesor/a no apareciera, el alumnado esperará un tiempo de 15 minutos, mientras el delegado/a de
curso lo pone en conocimiento del Jefe de Estudios o del Coordinador/a o del
Director/a, con el cual se tomará la decisión más adecuada.
6.- No se puede fumar en ninguna
dependencia del Centro en ningún momento del horario escolar.
7.- En todo momento la
presentación personal y forma de vestir será la correcta, adecuada a la
actividad educativa que se desarrolla en el Centro.
8.- Se consideran conductas
inadecuadas, que interfieren el trabajo escolar: comer durante la clase,
mascar chicle, tomar golosinas, etc... así como utilizar en la clase móviles
(apagarlos antes de entrar en ella) y auriculares.
9.- Igualmente los alumnos y
alumnas deberán respetar las presentes NORMAS de Convivencia durante el
desarrollo de actividades complementarias y extraescolares realizadas dentro o
fuera del Centro.
10.- Las conductas contrarias a estas Normas que tengan carácter colectivo
tendrán responsabilidad individual.
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Cap. III.) ASISTENCIA
A CLASE |
1.- La asistencia es obligatoria a la
totalidad de las horas correspondientes al curso o materias en que el
alumno/a está matriculado.
A)
¿QUÉ SE ENTIENDE POR “FALTA INJUSTIFICADA”?
Falta
injustificada es la que carece de justificación aunque puedan explicarse
los motivos de la falta.
La JUSTIFICACIÓN
podrá ser:
- PREVIA: de
los padres o tutores o del propio alumno/a; por teléfono o por escrito, según
el modelo existente en el centro para este fin. La recibe el tutor/a y éste
avisa al profesorado afectado.
- POSTERIOR:
por teléfono o escrita, en el impreso modelo del centro, en los CINCO
días siguientes a la falta, o parte médico fechado, en su caso. NO se admitirán
los que se presenten después de los cinco días siguientes y se considerarán
injustificadas esas ausencias. Estos justificantes se presentan al tutor/a, y
éste avisa al profesorado afectado.
B)
FALTAS DE ASISTENCIA INJUSTIFICACAS. (durante el
curso escolar)
1.
FALTA LEVE: cinco faltas de asistencia
injustificadas.
2.
FALTA GRAVE: acumulación de DOS faltas leves (diez
faltas de asistencia injustificadas).
3.
FALTA MUY GRAVE: acumulación de TRES faltas graves (30
faltas de asistencia injustificadas).
C)
SANCIONES.
- Falta LEVE:
apercibimiento escrito por parte del tutor (éste guarda copia) que se envía a
los padres con acuse de recibo.
- Falta
GRAVE: Inicio de expediente individual de carácter interno, con informes del
tutor, profesorado afectado y Jefatura de Estudios. Se informa al afectado y
familia de su situación y consecuencias. Todas las incidencias de asistencia se
acumulan en el expediente. Lo controla el tutor/a.
Se informa
a la Comisión de Absentismo de la Delegación Provincial de Educación.
- Falta MUY
GRAVE: Pérdida del derecho a evaluación continua en todas o parte de las
materias (las más afectadas). Información a la familia. El alumno/a conserva su
derecho a la evaluación final.
D)
RETRASOS.
-
Si el alumno/a ha entrado en el centro, el profesor/a
le permitirá la entrada. Se considerará:
1.
Falta LEVE: dos retrasos en una misma asignatura en
una evaluación.
2.
Falta GRAVE: cuatro retrasos en la evaluación.
3.
Falta MUY grave: doce retrasos en el curso.
SANCIONES: aplicación del Reglamento de Régimen Interno
-
LEVE: amonestación oral por el profesor
-
GRAVE: recuperación del retraso fuera del horario o
en el recreo y aviso a la familia por parte del profesor/a afectado.
-
MUY GRAVE: expulsión del centro durante un periodo
máximo no superior a tres días, previa comunicación y entrevista con la
familia.
La no asistencia a un examen supone la pérdida de esa convocatoria
(examen y recuperación). Si la evaluación es final, supone la evaluación
negativa.
Al final de cada evaluación y junto a las calificaciones se dará cuenta
a la familia de todas las faltas de asistencia injustificadas acumuladas
por el alumno/a durante la evaluación.
La no asistencia a clase antes de la realización de un examen, supone
la pérdida del derecho a ser evaluado en dicho examen, si la ausencia no es
justificada con documentación acreditativa oficial.
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Cap. IV.) CORRECCIONES establecidas en el R.R.l. del Centro para
las conductas contrarias a las normas de convivencia según su tipo
y gravedad: |
1.- Amonestación privada
2.- Comparecencia inmediata ante
el tutor/a, Coordinador/a o Jefe de Estudios
3.- Realización de trabajos
específicos en horario no lectivo
4.- Realización de tareas que
ayuden a mejorar las actividades del Centro, reparar el daño causado o hacerse
cargo del importe económico de su reparación.
5.- Suspensión del derecho a
participar en actividades extraescolares o complementarias del Centro de modo
temporal o indefinido.
6.- Suspensión del derecho de
asistencia a determinadas clases o al Centro durante un periodo no superior
a tres días lectivos. Suspensión de
asistencia durante más días si así lo estima el Consejo Escolar.
7.- Cambio de grupo
8.- Cambio de Centro previa
apertura de expediente de disciplina
Los padres/madres o tutores/as serán informados en todo momento de las
incidencias que ocurran en este aspecto referidas a sus hijos/as.
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Cap. V.) conductas
consideradas “contrarias” o
“gravemente perjudiciales” para la convivencia en el Centro: |
1.- La falta de interés y
responsabilidad en el estudio, manifestada por:
ð
falta reiterada de estudio
ð
pérdida de tiempo en clase y
entorpecimiento de la marcha de la misma.
ð
actitudes, posturas, conductas,
etc., en clase inadecuadas, incorrectas o groseras.
2.- Faltas de respeto al
profesorado, compañeros/as o personal del Centro.
3.- Daños por negligencia o
intencionados, a las instalaciones o material del Centro, así como abuso o
apropiación de bienes del Centro o de los compañeros/as.
4.- Agresión física o moral a
los demás miembros de la comunidad educativa.
5.- Actuaciones del alumnado (individuales o
colectivas) que, aunque realizadas fuera del recinto escolar están motivadas o
directamente relacionadas con la vida escolar y afecten a sus compañeros/as o a
otros miembros de la comunidad educativa.
6.- Falsificación de documentos (justificantes, firma de los padres/madres o tutores, etc.)
7.- “Olvido” intencionado y continuo de las
normas de convivencia del Centro referidas a:
ð
Vocabulario y modales groseros
ð
Formas de vestir inapropiadas
ð
Comer en clase (chicle, pipas,
etc.)
ð
Dejar encendido el móvil
durante la clase o actividad.
ð
Usar auriculares dentro de la
clase
ð
Ensuciar el aula (papeles,
pinturas o letreros, etc.) o maltratar las instalaciones.
ð
Salir de clase en los cambios
de hora
ð
Falta de puntualidad
ð
Oposición o desobediencia a las
indicaciones del profesor/a
ð
Fumar en el Centro
ð
Desplazarse por el Centro
corriendo, gritando, etc.
8.- Faltas de asistencia
injustificadas
9.- El incumplimiento de las
correcciones impuestas se considera CONDUCTA GRAVEMENTE PERJUDICIAL para la
convivencia.